Estimados amigos, primero hablemos sobre el hecho importante de conocer que la fianza es un instrumento mediante el cual se garantiza una obligación de parte de la empresa solicitante (en este caso de su empresa). Normalmente esta fianza puede ser dada por una entidad bancaria (mediante la apertura de un deposito a plazo fijo por la cantidad exacta en bolívares exigida) o mediante una FIANZA emitida por una empresa de seguros. Existen varios tipos de Fianzas, entre ellas las Fianzas Judiciales, la fianza de Anticipo, de Fiel Cumplimiento de Buena Calidad, entre otras referidas a ejecución de obras, también existen las de Fiel cumplimiento de Garantías de dinero o caución, este es el que aplica para las fianzas exigidas por el SICAD.
En este caso, la empresa aseguradora para la emisión de la fianza, exigirá el deposito de solo un porcentaje de la suma afianzada, dicho porcentaje se solicita como garantía real, normalmente se solicita esta garantía real mediante deposito a plazo fijo cuyo beneficiario será la empresa aseguradora, este deposito solo se hará pagadero a la empresa aseguradora en caso de ejecución de fianza y esta solo se ejecutara en caso de ilícito por parte de la empresa solicitante. Es sano resaltar que los intereses generados por este deposito fijo serán ingresados en una cuenta a nombre de la empresa solicitante o de cualquier otra que ella designe, ya que recordemos que solo el monto del deposito sera reclamado por la empresa aseguradora en caso de INCUMPLIMIENTO DE LA EMPRESA SOLICITANTE, como ya dijimos.
Dicha obligación queda entonces garantizada por la empresa de seguros ante el organismo público o persona jurídica, que es el acreedor, por el monto total solicitado a cambio de una pequeña prima, pagadera al momento de recibir la fianza.
En este caso, la empresa aseguradora para la emisión de la fianza, exigirá el deposito de solo un porcentaje de la suma afianzada, dicho porcentaje se solicita como garantía real, normalmente se solicita esta garantía real mediante deposito a plazo fijo cuyo beneficiario será la empresa aseguradora, este deposito solo se hará pagadero a la empresa aseguradora en caso de ejecución de fianza y esta solo se ejecutara en caso de ilícito por parte de la empresa solicitante. Es sano resaltar que los intereses generados por este deposito fijo serán ingresados en una cuenta a nombre de la empresa solicitante o de cualquier otra que ella designe, ya que recordemos que solo el monto del deposito sera reclamado por la empresa aseguradora en caso de INCUMPLIMIENTO DE LA EMPRESA SOLICITANTE, como ya dijimos.
Dicha obligación queda entonces garantizada por la empresa de seguros ante el organismo público o persona jurídica, que es el acreedor, por el monto total solicitado a cambio de una pequeña prima, pagadera al momento de recibir la fianza.
Para emitir la fianza necesitaremos como condicion importante el documento en el cual esté establecida la exigencia de dicha fianza y, ademas necesitaremos los siguientes documentos:
DE LA EMPRESA SOLICITANTE:
1.- ACTA CONSTITUTIVA Y MODIFICACIONES DE ESTATUTOS, especialmente la modificacion de Junta Directiva.
2.- Estados financieros de los últimos 3 años en original y visado por el Colegio de Contadores Públicos
3.- Copia del R.I.F de la empresa
4.- Referencias Bancarias y Comerciales a la fecha
5.- Planilla Resumen del Registro Nacional de Contratista viigente
6.- Copia de la cedula de identidad del representante legal, si es casado copia de la cédula de identidad del conyuge o poder notariado, lo que aplique
7.- Copia del RIF del Representante legal
8.- Copia del contrato firmado por ambas partes (proforma)
9.- Copia del recibo de un servicio publico reciente
10.- Listado de obras ejecutadas (si aplicara)
11.- Declaración del I.S.L.R.
DEL CONTRAGARANTE (SE DEBE NOTARIAR UN DOCUMENTO EN EL CUAL EL CONTRAGARANTE SE CONSTITUYE COMO TAL, esta contragarantia es abierta, es decir lo hace una sola vez (al inicio) y ese documento sirve para las fianzas posteriores)
SI ES UNA PERSONA JURIDICA EL CONTRAGARANTE
1.- ACTA CONSTITUTIVA Y MODIFICACIONES DE ESTATUTOS, especialmente la modificacion de Junta Directiva.
2.- Estados financieros de los últimos 3 años en original y visado por el Colegio de Contadores Públicos
3.- Copia del R.I.F vigente
4.- Copia de Recibo de servicio publico reciente
5.- Referencias Bancarias y Comerciales a la fecha
6.- Planilla Resumen del Registro Nacional de Contratista viigente
7.- Copia de la cedula de identidad del representante legal, si es casado copia de la cedula de identidad del conyuge o poder notariado, lo que aplique
8.- Copia del RIF del Representante legal
9.- Declaración del I.S.L.R.
9.- Declaración del I.S.L.R.
10.- Copia de los documentos de propiedad de los bienes inmuebles identificados en el balance. , es importante que sepa que dependiendo del monto de los bienes inmuebles perteneciente al contragarante se le asignara un cupo para el otorgamiento de fianzas, el mismo no sobrepasara el 70% del monto del valor de los bienes inmuebles.
SI ES UNA PERSONA NATURAL EL CONTRAGARANTE
1.- Copia de la cédula de identidad del representante legal, si es casado copia de la cédula de identidad del cónyuge o poder notariado, lo que aplique
2.- Copia del RIF vigente
3.- Copia de Recibo de servicio publico reciente
4.- Referencias Bancarias y Comerciales a la fecha
5.- Declaración del I.S.L.R.
5.- Declaración del I.S.L.R.
6.- Balance personal a la fecha en original, visado por el Colegio de Contadores Públicos
7.- Copia de los documentos de propiedad de los bienes inmuebles identificados en el balance. es importante que sepa que dependiendo del monto de los bienes inmuebles perteneciente al contragarante se le asignara un cupo para el otorgamiento de fianzas, el mismo no sobrepasara el 70% del monto del valor de los bienes inmuebles.
Ojo: Pueden constituirse varios contragarantes.
Mary Medina
Corredora de Seguros
(: 04146950459
Sigueme en @marylmedina
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